11 may 2010

Conozca la razón por la que han de protegerse los diseños industriales

Los diseños industriales forman parte de los derechos de propiedad industrial y protegen el aspecto externo de los artículos. Iuris&Lex le muestra la razón de su protección.

¿Qué es un diseño industrial?

Un diseño industrial es el aspecto ornamental o estético de un artículo. Los diseños industriales forman parte de los tipos de activos de propiedad industrial susceptibles de protección mediante derechos de propiedad intelectual.

¿Por qué deben protegerse?

Un diseño industrial añade valor al producto, lo hace más atractivo y llamativo a los clientes y puede incluso convertirse en el principal motivo de compra del producto. Por lo tanto, la protección de los diseños valiosos suele ser una parte fundamental de la estrategia comercial de cualquier diseñador o fabricante.

Al proteger un diseño industrial mediante su registro en una oficina de propiedad industrial (PI) de ámbito nacional o regional, el titular obtiene los derechos exclusivos de impedir su reproducción o imitación no autorizada por parte de terceros. Se trata de una práctica que responde a la lógica empresarial, pues mejora la competitividad de una empresa y suele aportar ganancias adicionales mediante una o varias de las formas que se indican a continuación.

- Al registrar un diseño se adquiere el derecho de impedir su reproducción o imitación por parte de la competencia, con lo que se fortalece la posición competitiva.

- El registro de un diseño valioso contribuye a obtener un mejor rendimiento del capital invertido en crear y comercializar el producto y, por lo tanto, supone una mejora de los beneficios.

- Los diseños industriales son activos empresariales que pueden incrementar el valor comercial de una empresa y sus productos. Cuanto más éxito tiene un diseño, mayor es su valor comercial para la empresa.

- Un diseño protegido puede también cederse (o venderse) a otros mediante la concesión de una licencia y el pago de un cantidad determinada, modo que permite acceder a mercados inabordables de otra manera.

- El registro de los diseños industriales fomenta la competencia leal y las prácticas comerciales honradas, lo que, a su vez, promueve la producción de una amplia diversidad de productos atractivos por su forma.

Subvenciones para patentes y modelos de utilidad españoles y en el exterior

El Boletín Oficial del Estado de 5 de abril publica la Resolución de 29 de marzo de 2010, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se convoca, para el año 2010, la concesión de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles y en el exterior.

A) Programa de ayudas para el fomento de patentes y modelos de utilidad en el EXTERIOR, para fomentar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el extranjero, utilizando la vía nacional de los distintos países, la vía europea a través de lo previsto en el Convenio de la Patente Europea (CPE) o la vía del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT).

Beneficiarios

Inventor individual o la persona jurídica, con domicilio en España, que haya realizado, o por cuenta de la cual se haya realizado, la actividad objeto de la subvención.

Serán subvencionables los siguientes trámites:

a) La extensión de una solicitud de patente o de un modelo de utilidad, ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes.

- La solicitud de una patente o de un modelo de utilidad.

- La validación de una patente europea.

- La búsqueda de anterioridades en el Estado de la Técnica.

- El examen de la solicitud de patente.

- La concesión de la patente.

- Las anualidades ante la Oficina Europea de Patentes (EPO).

- La traducción de las memorias completas de las solicitudes de patentes o de modelos de utilidad con objeto de presentar la misma ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes.

b) Las actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT.:

- La solicitud internacional PCT cuando la OEPM haya actuado en calidad de Oficina Receptora.

- La búsqueda internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Búsqueda Internacional.

- El examen preliminar internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Examen Preliminar Internacional.

Las actividades objeto de subvención son aquellas cuyo gasto se haya realizado desde el 22 de mayo de 2009 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria. En el caso de las traducciones, éstas han de haber sido presentadas ante las oficinas nacionales extranjeras o regionales entre estas mismas fechas.

El importe máximo individualizado de las ayudas concedidas será de 60.000 € para cada uno de los solicitantes en esta convocatoria, salvo en el caso de las PYMES o los inventores individuales, en que el importe máximo individualizado será de 65.000 €.

Las cuantías de referencia, en función del país o grupo de países en que haya tenido lugar la actividad subvencionable, se pueden consultar en el Anexo I.

La traducción de las memorias completas de las solicitudes de patentes o de modelos de utilidad se subvencionarán por una cuantía de referencia de 700 € por traducción de cada solicitud de patente traducida y presentada.

La subvención no podrá superar el 80% de los importes señalados, salvo en el caso de que el solicitante sea considerado PYME o sea un inventor individual, en que la subvención no podrá superar el 90% de dichos importes.

El plazo de presentación de solicitudes terminará el 6 de mayo de 2010.

Para presentar una solicitud de ayuda, los solicitantes deben acceder a la sede electrónica de la OEPM (https://sede.oepm.gob.es).

B) Programa de ayudas para el fomento de patentes y modelos de utilidad ESPAÑOLES, para fomentar las solicitudes de patentes españolas y solicitudes de modelos de utilidad españoles entre PYMES e inventores individuales.

El beneficiario deberá tener domicilio en España y haber realizado, o por cuenta del cual se haya realizado, la actividad objeto de la subvención, siempre que reúna uno de los siguientes requisitos:

a) Sea un inventor individual.

b) Sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME).

Conceptos subvencionables

- La solicitud de un modelo de utilidad español.

- La solicitud y la realización del informe de búsqueda de anterioridades en el Estado de la Técnica (IET) para las solicitudes de patentes españolas.

Las actividades objeto de subvención son aquellas solicitudes de patentes o de modelo de utilidad que hayan sido publicados durante todo el año 2009 y durante 2010 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria.

Es imprescindible que se hayan abonado efectivamente las tasas de las actividades objeto de ayuda.

El plazo de presentación de solicitudes terminará el 6 de mayo de 2010.

Para presentar una solicitud de ayuda, los solicitantes deben acceder a la sede electrónica de la OEPM (https://sede.oepm.gob.es).

3 may 2010

Marcas Innovadoras


Marcas Innovadoras

Las innovaciones son de gran importancia estratégica para Henkel, porque proporcionan la base para nuestra lista futura del negocio. Ya hoy, alrededor de una tercera parte de nuestras ventas anuales es generada por productos nuevos, innovadores introducidos durante los últimos tres años. Nuestra intención es aumentar esta proporción a un 30 por ciento.

Persil, Somat, Fa, Gliss Kur, Pritt, Metylan, Liofol o loctite - tan variadas como son las marcas y las tecnologías de Henkel, tienen algo en común: se basan en conocimientos técnicos importantes e ideas innovadoras. Trabajamos constantemente para perfeccionar nuestros productos y procesos de producción, para atender de la mejor manera a las necesidades de nuestros clientes y consumidores. Con éxito debajo usted encontrará ejemplos muchos de los productos innovadores de Henkel.

Detergentes y Cuidado del Hogar







Purex Natural Elements Desempeño excepcional y biodegradabilidad lista con sustancias que se activan en el lavado

Persil Gold Plus El “estándar dorado” entre los detergentes de ropa para resultados óptimos libres de manchas sin necesidad de utilizar un removedor de manchas adicional.

Terra Activ
Combina el poder con la naturaleza para una calidad de alto desempeño sin hacer concesiones: 85 por ciento de los ingredientes se basa en materias primas renovables y el uso exclusivo del aceite de palmiste certifica el apoyo a la protección de las selvas.

Cosmética y Artículos de perfumería




Taft Power with Cashmere para una “fijación ultra-firme” con suavidad: Una línea de peinado innovadora que ofrece fijación ultra-firme combinada con una suavidad tipo cashmere.

Dial Yogurt El primer jabón líquido corporal en los EEUU con proteínas de yogurt– humecta y cuida la piel.

Blond Me La línea todo incluido para cabello rubio que satisface todos los requerimientos – el primer concepto integrado para el salón de belleza profesional con productos para cabello rubio: rayos, coloración, cuidado y peinado.

Tecnologías Adhesivas






Loctite Flex Gel Instant El adhesivo instantáneo flexible para una unión rápida súper fuerte, adentro y afuera.

Macromelt OM 648 El primer adhesivo termofusible de poliamida con protección UV integrada basado en gran medida en materias primas renovables.

TecTalis Una tecnología innovadora para una protección contra la corrosión de metales ambientalmente sana en la industria automotriz y de bienes de consumo durables.

24 abr 2010

El telefono


El 7 de marzo de 1876, la Oficina de Patentes concedía la patente del teléfono a Graham Bell, inventor escocés, en una polémica decisión que ha seguido coleando hasta nuestros días.

Hay tres nombres que giran en la historia: Graham Bell, Elisha Gray y Antonio Meucci. Escocés, norteamericano e italiano, respectivamente. Generalmente se considera a Bell como el inventor del teléfono, pero esto no es necesariamente así, sino que “solamente” fue el primero en patentarlo.

Elisha Gray fue un inventor norteamericano (que logró 70 patentes en su vida, e inventó el primer intrumento electrónico: el telégrafo musical) que poco antes de que a Bell le concedieran la patente presentó en la Oficina de Patentes un documento denominado “advertencia”. Dicho documento reflejaba que alguien estaba trabajando en algo y tenía la intención de patentarlo en cuanto hubiera perfeccionado y rematado los detalles. Dicha “advertencia” era comunmente utilizada para evitar que algunos “listillos” usurparan las ideas a los verdaderos autores en el último momento y se hicieran con la patente. Y sin embargo, el que Gray depositara aquella “advertencia” no impidió que Bell se llevara la patente (aunque parece ser que Bell se condujo de manera honesta, desarrollando su propio proyecto).

Por otra parte esta Antonio Meucci, el verdadero (¿o no?) inventor del teléfono. O quizá uno de los verdaderos inventores del teléfono. Este italiano ideó una especie de teléfono neumático (que aún hoy se utiliza en el Teatro della Pergola en Florencia) que mejoró progresivamente hasta crear el “teletrófono”. El 1860 sca a la luz a su invento, transmitiendo una actuación de ópera a considerable distancia. Apremiado por las penurias económicas, va vendiendo derechos sobre otros inventos para poder hacer frente a los gastos de la patente del teléfono. Un tal “Señor Bendelari” se lleva un prototipo y la documentación con la promesa de una producción industrial del invento. Nunca vuelve a aparecer. Por no tener 250$ no puede patentar su invento, y solo realiza los trámites preliminares, que se podían renovar solo durante dos años.

Tras la adjudicación de la patente a Bell, numerosos juicios se sucedieron hasta la muerte de Meucci, en los cuales se daba la razón a uno y a otro, los papeles de Meucci se extraviaban de la Oficina, y un sinfín de peripecias. Hasta el punto de que el Congreso de los Estados Unidos, en 2002, elabora la Declaración 269, por la que reconoce a Meucci como legítimo inventor (¡junto con Bell!) del teléfono. Otros, como el Gobierno de Canadá, sostienen que Bell es el inventor del teléfono y (además) que es canadiense. Los italianos, lógicamente, siguen sin estar contentos y sostienen que Meucci es el único inventor del teléfono.

En fin, nunca llueve a gusto de todos.

El telefono

El 7 de marzo de 1876, la Oficina de Patentes concedía la patente del teléfono a Graham Bell, inventor escocés, en una polémica decisión que ha seguido coleando hasta nuestros días.

Hay tres nombres que giran en la historia: Graham Bell, Elisha Gray y Antonio Meucci. Escocés, norteamericano e italiano, respectivamente. Generalmente se considera a Bell como el inventor del teléfono, pero esto no es necesariamente así, sino que “solamente” fue el primero en patentarlo.

Elisha Gray fue un inventor norteamericano (que logró 70 patentes en su vida, e inventó el primer intrumento electrónico: el telégrafo musical) que poco antes de que a Bell le concedieran la patente presentó en la Oficina de Patentes un documento denominado “advertencia”. Dicho documento reflejaba que alguien estaba trabajando en algo y tenía la intención de patentarlo en cuanto hubiera perfeccionado y rematado los detalles. Dicha “advertencia” era comunmente utilizada para evitar que algunos “listillos” usurparan las ideas a los verdaderos autores en el último momento y se hicieran con la patente. Y sin embargo, el que Gray depositara aquella “advertencia” no impidió que Bell se llevara la patente (aunque parece ser que Bell se condujo de manera honesta, desarrollando su propio proyecto).

Por otra parte esta Antonio Meucci, el verdadero (¿o no?) inventor del teléfono. O quizá uno de los verdaderos inventores del teléfono. Este italiano ideó una especie de teléfono neumático (que aún hoy se utiliza en el Teatro della Pergola en Florencia) que mejoró progresivamente hasta crear el “teletrófono”. El 1860 sca a la luz a su invento, transmitiendo una actuación de ópera a considerable distancia. Apremiado por las penurias económicas, va vendiendo derechos sobre otros inventos para poder hacer frente a los gastos de la patente del teléfono. Un tal “Señor Bendelari” se lleva un prototipo y la documentación con la promesa de una producción industrial del invento. Nunca vuelve a aparecer. Por no tener 250$ no puede patentar su invento, y solo realiza los trámites preliminares, que se podían renovar solo durante dos años.

Tras la adjudicación de la patente a Bell, numerosos juicios se sucedieron hasta la muerte de Meucci, en los cuales se daba la razón a uno y a otro, los papeles de Meucci se extraviaban de la Oficina, y un sinfín de peripecias. Hasta el punto de que el Congreso de los Estados Unidos, en 2002, elabora la Declaración 269, por la que reconoce a Meucci como legítimo inventor (¡junto con Bell!) del teléfono. Otros, como el Gobierno de Canadá, sostienen que Bell es el inventor del teléfono y (además) que es canadiense. Los italianos, lógicamente, siguen sin estar contentos y sostienen que Meucci es el único inventor del teléfono.

En fin, nunca llueve a gusto de todos.

21 abr 2010

Persistir con energía

- Para el fumador persistente (Bruno): unirse a un grupo o asociación orientado a sus ideas, buscar en Internet algún chat, dedicar tiempo a hablar con otras personas.

- Para la que dejó de fumar (Tamara): tener en su cabeza muy claro el "PUEDO HACERLO". Pensar que las victorias personales son muy reconstituyentes para uno mismo. Reemplazar las frases negativas y contraproducentes como "no estoy seguro" o "parece difícil" por afirmaciones más positivas, tales como "yo puedo hacerlo" o "voy a intentarlo".

12 abr 2010

Niveles de coraje y "resiliencia" (flexibilidad)

El problema: dejar de fumar.

Solución:

Bruno (que fuma): mantenerse firme en sus convicciones a pesar de las críticas de los demás compañeros que no fuman.

Tamara (que dejó de fumar): perseverar siempre que merezca la pena y asumir más retos.

10 abr 2010

Cómo solicitar una patente

Documentación necesaria



Para la obtención de una patente será preciso presentar en la OTRI la siguiente documentación:



a) Notificación de la Invención:



Es imprescindible para que sea posible llevar a cabo el tipo de protección adecuado, así como para la elaboración de la instancia de solicitud que será elaborada por el personal de la OTRI.



Documento de Notificación de la Invención



b) Memoria Descriptiva



Dicha memoria contendrá:



b.1) Descripción.



La descripción estará redactada en la forma más concisa y clara posible, sin repeticiones inútiles, y en congruencia con las reivindicaciones.

En la misma se indicarán los siguientes datos:

a) Título de la invención.

b) Sector de la técnica al que se refiera la invención.

c) Estado de la técnica anterior a la fecha de presentación. Se darán los antecedentes con la bibliografía correspondiente.

d) Explicación de la invención de una manera clara y completa, que permita una comprensión del problema técnico planteado así como la solución al mismo, indicándose, en su caso las ventajas de la invención en relación al estado de la técnica anterior, y que permita a un experto llevarla a la práctica.



Deberá contener:



*
Si es un dispositivo: ¿Cuáles son sus partes esenciales?
* Si es un producto: ¿Qué es lo que lo caracteriza?
* Si es un procedimiento: ¿Cuáles son sus etapas eseciales?



e) Descripción de los dibujos si los hubiera.

f) Modo de realización de la invención. Describir una manera de realizar la invención dando detalles como: Dimensiones, concentraciones, temperatura, equipo utilizado, etc.

g) Manera en que la invención es susceptible de aplicación industrial, a no ser que ésta se derive de manera evidente de la naturaleza de la invención o de la explicación de la misma.



La descripción debe presentarse preferentemente en el orden mencionado.



b.2) Reivindicaciones.



Las reivindicaciones definen el objeto para el que se solicita la protección.






Deben ser claras y concisas y han de fundarse en la descripción.

Deben contener :

* Un preámbulo o introducción en el que se indica cuál es el objeto de la invención (que suele coincidir con el título de la invención) y todas aquellas características técnicas que, aunque conocidas, son necesarias para la definición de los elementos que se van a proteger.
* Una parte caracterizada precedida por la expresión "caracterizado por", "en el que la mejora comprende", "que consiste en" o una similar, en la que se exponen de manera concisa las características técnicas nuevas que se desean proteger.



b.3) Dibujos.



No contendrán marco alrededor.

Las figuras deben estar numeradas correlativamente en cifras árabes.



Una misma hoja de dibujo puede contener varias figuras.



Las distintas figuras deben estar dispuestas preferentemente en sentido vertical.



Los trazos deberán ser negros, suficientemente densos y entintados, bien delimitados y sin colores.



b.4) Resumen.



Debe resumir la invención para que quien lo lea pueda ser capaz de entender el tipo de invención de que se trata.

Tendrá una extensión máxima de 150 palabras.



Deberá contener:

* Título de la invención.
* Objeto de la invención.
* Descripción de la invención.
* Aplicaciones, solución técnica que aporta la invención.
* Alternativas.





Los documentos que componen la solicitud de patente deberán enviarse a la OTRI: